martes, 29 de octubre de 2019

JURAMENTOS E íDOLOS

JURAMENTOS E íDOLOS (14,27-31)





Los vv. 27-31 constituyen una conclusión sobre los juramentos en el marco del culto a los ídolos «sin nombre», es decir, que no se pueden nombrar en una invocación. Si los juramentos están muy reglamentados en la legislación bíblica -es por el nombre del Señor por quien se hace un juramento en Israel (Dt 6,13; 10,20)-, la prohibición de apelar a los dioses extranjeros está atestiguada en Jos 23,7. En el judaísmo tardío, los juramentos, incluso por el Nombre (del Señor), están fuertemente desaconsejados (Eclo 23,9-10).
De hecho, estos vv. 27-31 retoman el tema del perjurio, el juramento falaz por las divinidades paganas, los ídolos e incluso por el soberano, considerado como dios. El castigo de los idólatras perjuros es, por tanto, doble, porque confunden a Dios con los ídolos y porque cometen perjurio. Este castigo restablece un orden de justicia en este mundo que ha perdido el sentido y la jerarquía de los valores. Este tem~ del castigo anuncia la perícopa siguiente sobre la misericordia de «nuestro» Dios.

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